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Habilitado el trámite de solicitud de acceso a información pública

De acuerdo con lo establecido por la  Ley 1/2014 de Transparencia Pública de Andalucía y la Ordenanza de Transparencia, Acceso y Reutilización de la Información de la Diputación Provincial de Cádiz, se ha habilitado el trámite que permite realizar dichas solicitudes por Internet.

En la sección solicitudes de información se encuentra la información al respecto. Señalar que la citada ley incide en que las solicitudes de acceso a información pública se presentarán preferentemente por medios electrónicos. Por ello, se ha habilitado un trámite específico a través de la Sede Electrónica Central de la Diputación de Cádiz, donde se podrá indicar en qué formato o modalidad de acceso se prefiere. 

Antes de formular una solicitud de acceso a información pública se recomienda comprobar si la información que se busca ya está publicada en el Catálogo de Información Pública.

Atendiendo a lo recogido en la Ordenanza de Transparencia, Acceso y Reutilización de la Información de la Diputación Provincial de Cádiz, la Unidad de Transparencia se encargará de la tramitación de las solicitudes. También corresponde a la Unidad de Transparencia los siguientes cometidos:

"Artículo 6. Competencias.

a.    El impulso de la transparencia con carácter transversal en la actividad general de la entidad.
b.    La coordinación en materia de publicidad activa para el cumplimiento de las obligaciones establecida en esta Ordenanza y en la normativa de aplicación, recabando la información necesaria.
c.    La tramitación y gestión de las solicitudes de acceso a la información de conformidad con lo previsto en esta Ordenanza y en la normativa de aplicación, elevando al órgano competente las correspondientes propuestas de resolución.
d.    La tramitación de las solicitudes en materia de reutilización de la información, elevando al órgano competente las correspondientes propuestas de resolución.
e.    El asesoramiento para el ejercicio del derecho de acceso y la asistencia en la búsqueda de la información.
f.    La difusión de la información pública a través de enlaces o formatos electrónicos por medio de los cuales pueda accederse a la misma.
g.    La propuesta de medidas oportunas para asegurar la difusión de la información pública y su puesta a disposición de la ciudadanía, de la manera más amplia y sistemática posible.
h.    Elaboración, en colaboración con los responsables en materia de informática de la entidad, de los estándares a utilizar para los esquemas, vocabularios, estructuración de los documentos y, en general, para la gestión de la información pública.
i.    Elaboración de cuantos informes correspondan en materia de transparencia.
j.    Supervisar el cumplimiento por los distintos órganos, áreas o servicios de la entidad, así como por los agentes reutilizadores, de lo dispuesto en la presente Ordenanza, tomando, en caso de incumplimiento las acciones que correspondan.
k.    Instruir los procedimientos sancionadores y proponer las sanciones relativas a las infracciones recogidas en el Título VI de la presente Ordenanza."